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Derechos de Individuos con Discapacidades

Resumen

La Sección de Litigios Especiales protege los derechos de individuos internados en instituciones del gobierno local o estatal, así como en instalaciones privadas que reciben fondos públicos. Nosotros nos encargamos de garantizar que todos se sientan seguros, que reciban la atención médica apropiada y que tengan acceso a dicha atención en el entorno más integrado que mejor se adapte a sus necesidades. Asimismo, podemos actuar en nombre de individuos en grave riesgo de ser internados innecesariamente.

Nos valemos de la información brindada por miembros de la comunidad que han sido impactados por la vulneración de sus derechos civiles para presentar y procesar causas. Nos importa mucho la voz de la comunidad. Recibimos cientos de avisos de posibles infracciones cada semana. Recopilamos estos datos para informarnos sobre nuestra selección de casos. A veces los utilizamos como pruebas en casos ya en curso, pero no podemos presentar una denuncia para cada aviso que recibimos.

Descripción de las leyes que empleamos en nuestro trabajo relacionado con los derechos de los discapacitados

La ley de los Derechos Civiles de las Personas Internadas (CRIPA, por sus siglas en inglés), Sección 1997a del Título 42, permite al Procurador General revisar las condiciones y prácticas dentro de instituciones administradas por parte o en nombre de gobiernos locales o estatales. Al amparo de CRIPA, carecemos de jurisdicción para ayudar con demandas individuales, ni tampoco podemos corregir problemas dentro de instalaciones federales o acciones tomadas por funcionarios federales.

Tras una investigación de CRIPA, podemos tomar medidas si identificamos prácticas o patrones sistémicos de provocar daños. No basta tener pruebas de daños causados a un único individuo, ni siquiera si dichos daños son graves. Si hallamos problemas sistémicos, puede que enviemos una carta al gobierno local o estatal describiendo tales problemas e indicando las medidas que se deberán tomar para remediarlos. Si no podemos llegar a un acuerdo, es posible que el Procurador General presente una denuncia ante los tribunales federales.

Asimismo, el Procurador General podrá valerse la ley de Estadounidenses con Discapacidades (ADA, por sus siglas en inglés), Sección 12132 del Título 42, para asegurarse de que las personas con discapacidades tengan acceso a la atención de salud sin tener que ser internadas. Nuestras investigaciones de ADA preguntan si el Estado utiliza las instituciones para servir a gente que podría beneficiar –y de hecho lo prefiere– de recibir tales servicios en su comunidad. Estas investigaciones emplean la decisión del Tribunal Supremo en el caso Olmstead v. L.C., 527 U.S. 581 (1999). En Olmstead, el Tribunal declaró que los individuos con discapacidades tienen derecho a recibir servicios en el entorno más integrado que mejor se adapte a sus necesidades y deseos. Las investigaciones también pueden mejorar malas condiciones al reducir el número de personas hacinadas en las instituciones.

Los resultados de nuestro trabajo relacionado con los derechos de los discapacitados

De ser posible, obtenemos remedios amplios. Por ejemplo, tenemos acuerdos relacionados con el sistema entero que brinda servicios a personas con discapacidades intelectuales o del desarrollo en el Estado de Virginia, el sistema entero de salud mental del Estado de Delaware y todos los hospitales de salud mental dirigidos por el Estado de Georgia.

Decenas de miles de personas internadas que antes vivían en condiciones pésimas que en muchos casos suponían una amenaza grave para sus vidas ahora reciben la atención y los servicios apropiados gracias a este esfuerzo. Otras miles de personas con discapacidades han abandonado instituciones segregadas tras años de reclusión o evitado esta reclusión por completo. Actualmente tenemos causas pendientes en más de la mitad de los estados.

Nuestro trabajo incluye una amplia gama de actividades, entre ellas: hablar con grupos interesados de la comunidad, revisar e investigar quejas, presentar denuncias ante tribunales federales de ser necesario y ejecutar órdenes que obtenemos de las cortes. Asimismo, colaboramos en casos presentados por partes privadas y trabajamos estrechamente con expertos reconocidos a nivel nacional para ofrecer capacitación y apoyo técnico.

Trabajamos de cerca con otras áreas del Departamento de Justicia, así como con órganos federales que regulan, financian y proveen apoyo técnico a los gobiernos locales y estatales. Colaboramos con la Oficina de Justicia de Menores y Prevención de la Delincuencia, el Instituto Nacional de Justicia, la Oficina Federal de Prisiones, el Departamento de Educación de los Estados Unidos, el Departamento de la Vivienda, el Departamento de Salud y Servicios Humanos de los Estados Unidos, el Centro para Servicios de Medicare y Medicaid y la Administración para Servicios de Salud Mental para el Abuso de Sustancias, entre otras agencias. Además, nuestro personal participa en el Grupo de Trabajo para Estafas de Atención de Salud, del Departamento de Justicia, así como en otros equipos de tareas.

Para más información, pinche en los enlaces a continuación:

Actualizado 8 de noviembre de 2023